- Pueden registrar a cónyuge o concubinario (a), hijos (as), padre y madre.
Las personas que trabajan en el extranjero también pueden contratar los servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para tener derecho a los servicios de atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para el o la asegurada titular y las personas beneficiarias que registren.
“Para quienes laboran fuera del país, es posible registrarse ante el Instituto y gozar de sus beneficios a través del esquema de aseguramiento de Personas Trabajadoras Independientes, teniendo acceso a los cinco seguros que contempla la Ley del Seguro Social: Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida; Retiro, cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como Guarderías y Prestaciones Sociales”, informó el contador público Mario Alberto García Borrayo, titular de la Jefatura de Afiliación Cobranza, del IMSS en Guanajuato.
Explicó que las personas aseguradas bajo este esquema tienen la posibilidad de registrar como beneficiarios al cónyuge o concubinario (a), hijos o hijas menores de 16 años o hasta 25 si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS; así como al padre y madre, si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente de la persona asegurada.
García Borrayo indicó que estando en el extranjero las personas interesadas pueden realizar el proceso de aseguramiento en línea, contando con los requisitos de CURP, RFC (opcional), Número de Seguridad Social y correo electrónico, en http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes por medio de los siguientes pasos:
- Ingresar datos de identificación: CURP, Número de Seguridad Social, correo electrónico, domicilio y datos de contacto.
- Definir el esquema de aseguramiento: Mensual, semestral o anual, así como el ingreso y la ocupación mexicanos en el extranjero.
- Con la información proporcionada, el sistema genera de manera automática la línea de captura para el pago, el cual deberá realizarse dentro de los primeros 20 días del mes.
- En los periodos subsecuentes, considerando la información proporcionada, el IMSS le enviará cada periodo, por correo electrónico, la línea de captura para efectuar el pago.
- Realizar el registro en la clínica del IMSS, iniciado el aseguramiento, a partir del primer día del mes inmediato posterior al de pago, del asegurado y sus beneficiarios.
Para mayor información se ponen a disposición los siguientes datos: por teléfono marca al 800 623 2323 y elige la opción 1, con horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.
Compartió que en las cinco subdelegaciones del IMSS en el estado también se brinda asesoría al respecto, de lunes a viernes de 08:00 a 15:30 horas en: León 477 784 06 74 extensión 27250, Guanajuato 473 732 95 10 extensión 24206, Irapuato 462 625 40 53 extensión 33221, Celaya 461 615 55 72 extensión 25202 y en Salamanca 464 647 01 67 extensión 26203.
Para concluir dijo que en diciembre de 2022 se suscribió convenio de colaboración entre la Secretaría de Relaciones Exteriores y el IMSS para que las oficinas consulares auxilien a las personas mexicanas que residen y laboran en el extranjero, a incorporarse al IMSS como Personas Trabajadoras Independientes.
A partir de febrero de 2023, con el apoyo de las ventanillas de documentación consular en Estados Unidos y Canadá, los mexicanos que trabajan y radican en el extranjero pueden realizar una cita en MiConsulado* (citas.sre.gob.mx) o llamando al 1(424)-309-0009, donde un representante les apoyará en su afiliación y resolverá sus dudas. Las oficinas ubicadas en el resto del mundo cuentan con este servicio a partir de marzo de 2023.